Micelio
Auto27 de noviembre de 2002

A- de 2002

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Augusto Castañeda Díaz Y Otra·Demandado Arts. 397, 398, 399, 400, 402 (Total), 403, 408, 409 Y 410 (Parciales) De La Ley 599 De 2000; Y El Artículo 38 (Parcial) De La Ley 734 De 2002.

Tema · dato duro
Impedimento Del Procurador General De La Nación Para Rendir Concepto De Fondo Sobre La Constitucionalidad Del Art. 38 De La Ley 734 De 2002, Únicamente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impedimento Parcial Del Procurador General De La Nacion En Proceso De Constitucionalidad
  • Aceptación y permanencia de competencia respecto de las demás normas
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se aceptó el impedimento presentado por el Procurador General de la Nación para rendir concepto de fondo sobre la constitucionalidad del Art. 38 de la Ley 734 de 2002, únicamente.

En consecuencia, se remite el expediente al despacho del Viceprocurador General de la Nación, para que proceda a emitir el concepto de Ley, dentro del término que le resta, según el cómputo que ordena el Art. 7 del Decreto 2067/91.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. ACEPTAR el impedimento presentado por el señor Procurador General de la Nación, doctor Edgardo José Maya Villazón, para rendir concepto de fondo sobre la constitucionalidad del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, únicamente.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITASE al despacho del señor Viceprocurador General de la Nación, copia del expediente de la referencia para que proceda a emitir el concepto de Ley, dentro del término que le resta, según el cómputo que ordena el artículo 7 del Decreto 2067/91.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.